El Congreso de Chile aprobó este miércoles 28 de octubre una reforma del régimen de patentes mineras y remitió el proyecto al presidente para completar su tramitación. El texto establece una patente general de 0,4 unidades tributarias mensuales por hectárea para las concesiones de explotación y amplía las condiciones para acceder a una tarifa reducida de 0,1 UTM. También contempla una prórroga para los pagos correspondientes a 2026.
La Cámara de Diputadas y Diputados comunicó la aprobación mediante el oficio 21.705, fechado en Valparaíso. La iniciativa, identificada con el boletín 18.259-08, ingresó el 18 de mayo y modifica el Código de Minería y las leyes 21.420 y 21.649. Su ficha legislativa quedó en trámite de aprobación presidencial: el despacho del Congreso no equivale todavía a la entrada en vigencia de todas sus disposiciones.
Quiénes podrán acceder a la rebaja
El beneficio no queda reservado exclusivamente al titular de una concesión. El proyecto también contempla a arrendatarios, usufructuarios y personas que exploten las pertenencias bajo otro título legítimo. Para acceder a la patente reducida deberán acreditar alguna de las situaciones previstas ante el Servicio Nacional de Geología y Minería, Sernageomin.
Una de las vías comprende proyectos en exploración, prospección, construcción, explotación, beneficio de minerales o cierre que cuenten con permisos, formularios admitidos a trámite u otras habilitaciones contempladas. Otra alcanza a proyectos con resolución ambiental favorable vigente o admitidos al sistema de evaluación ambiental. La entrega de información geológica certificada por el servicio también habilitará el beneficio durante cinco períodos consecutivos.
La reforma incorpora además un régimen para titulares de pertenencias cuya superficie total no supere las 500 hectáreas y que desarrollen trabajos dentro de al menos una concesión. El cumplimiento de las condiciones podrá acreditarse una vez para un período de cinco años. Se exigirá el empadronamiento en la Empresa Nacional de Minería o en otro poder de compra reconocido y estar al día con las patentes.
Si un beneficiario deja de cumplir los requisitos, perderá la rebaja y pasará al régimen general para el pago de marzo del año siguiente. El reglamento deberá precisar las condiciones de los poderes de compra alternativos a Enami.
Plazos y controles
Las solicitudes rechazadas deberán recibir una resolución fundada. El interesado tendrá treinta días desde la comunicación para reclamar, y esa presentación deberá resolverse antes del envío de la nómina definitiva de beneficiarios a la Tesorería General de la República.
Sernageomin deberá publicar cada año, con desglose regional, cuántas concesiones y hectáreas accedieron a las patentes rebajadas, qué causal invocaron y cuántos beneficios fueron revocados. La obligación incorpora información pública sobre el uso del régimen y no solamente sobre los montos a pagar.
Para las patentes de 2026, el proyecto dispone que, desde la entrada en vigor de la ley, la Tesorería postergue la exigibilidad hasta el 28 de febrero de 2027. Prevé también la condonación del recargo por mora durante ese período y convenios de hasta doce cuotas mensuales, previa solicitud del interesado.
La implementación tendrá etapas. La regla general es la vigencia desde la publicación en el Diario Oficial, pero los nuevos montos y rebajas de los artículos 142 bis y 142 ter dependerán de que se publiquen los cambios reglamentarios. El Ejecutivo contará con seis meses desde la publicación de la ley para modificar ese reglamento. Las reformas al procedimiento de cobro y remate comenzarán con el proceso de pago de 2027.




