La prestación ordinaria por desempleo para trabajadores rurales aumentó un 5% desde el 1 de noviembre. El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, RENATRE, fijó un monto mínimo de $210.000 y un máximo de $420.000 mediante la Resolución 102/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Los nuevos valores reemplazan al piso de $200.000 y al techo de $400.000 que regían desde el 1 de agosto. La actualización representa una diferencia de $10.000 en el mínimo y de $20.000 en el máximo. Se trata de los límites de la prestación ordinaria, no de una suma uniforme de $420.000 para todas las personas beneficiarias.
La resolución deja sin efecto la anterior disposición 76/2026 y establece expresamente que el aumento se aplica desde el primer día de noviembre. La fecha de publicación, 2 de noviembre, no cambia esa vigencia ni traslada el incremento a octubre.
El beneficio forma parte del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo creado por la Ley 25.191. Su actualización fue aprobada por el directorio del organismo y queda financiada con los recursos previstos en esa norma. Entre las fuentes del sistema se encuentra la contribución mensual del empleador rural, equivalente al 1,5% de la remuneración abonada a cada trabajador.
RENATRE es un ente de derecho público no estatal cuya conducción integra representantes empresarios y sindicales del sector rural. La resolución lleva las firmas de Abel Guerrieri y Carolina Llanos y contó con la intervención de las áreas de prestaciones, administración, recaudación y asuntos jurídicos.
La medida publicada actualiza los importes del beneficio ordinario: no establece en su articulado un nuevo calendario de pagos ni modifica los requisitos de acceso. Por eso, los montos anunciados no deben confundirse con salarios mínimos de la actividad ni con una acreditación automática para cualquier trabajador. La situación de cada prestación debe verificarse por los canales del organismo.




